QUÈ CAMBIOS COMPORTA LA APLICACIÓN DE LA

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN?

(BOE 2/2006 de 3 de mayo)

A PARTIR DEL CURSO 2007-08

  • Los alumnos de 14 y 15 años se pueden matricular en un idioma diferente a la primera lengua extranjera que cursan en la ESO (enseñanza secundaria obligatoria). Para la matrícula tienen que presentar una certificación del IES donde conste cual es la primera lengua extranjera de la que han estado matriculados.
  • A partir de los 16 años, los alumnos se pueden matricular de cualquier idioma.
  • La enseñanza de idiomas en las EOI se organizará en tres niveles:
    • BÁSICO (1º y 2º)
    • INTERMEDIO (3º)
    • AVANZADO(4º y 5º) Este se aplicará a partir del 2008-09
  • El título de bachillerato permite el acceso directo al nivel intermedio ( 3º) de la primera lengua extranjera que se ha cursado en el instituto. Esta condición se aplicará en aquellos títulos obtenidos a partir del curso escolar en vigor o del anterior.