La Llei de d'Hondt al B.O.E.
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral
General [LOREG]
La atribución de los escaños en función de los resultados
del escrutinio se realiza conforme a las siguientes reglas:
- No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al
menos,...
- el 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción
(Congreso de los Diputados)
- el 5% de los votos válidos (elecciones municipales)
- Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos
por las restantes candidaturas.
- Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1,
2, 3, etcétera, hasta un número igual al de escaños correspondientes
a la circunscripción, formándose un cuadro similar al que aparece
en el ejemplo práctico. Los escaños se atribuyen a las candidaturas
que obtengan los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a un orden decreciente.
-
Cuando en la relación de cocientes coincidan dos correspondientes
a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que
mayor número total de votos hubiese obtenido. Si hubiera dos candidaturas
con igual número total de votos, el primer empate se resolverá
por sorteo y los sucesivos de forma alternativa.
- Los escaños correspondientes a cada candidatura se adjudican a los
candidatos incluidos en ella, por el orden de colocación en que aparezcan.
Ejemplo práctico
- 480.000 votos válidos emitidos en una circunscripción que
elija ocho Diputados.
- Votación repartida entre seis candidaturas.
división |
1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
6
|
7
|
8
|
A
|
168.000 |
84.000 |
56.000 |
42.000 |
33.600 |
28.000 |
24.000 |
21.000 |
B
|
104.000 |
52.000 |
34.666 |
26.000 |
20.800 |
17.333 |
14.857 |
13.000 |
C
|
72.000 |
36.000 |
24.000 |
18.000 |
14.400 |
12.000 |
10.285 |
9.000 |
D
|
64.000 |
32.000 |
21.333 |
16.000 |
12.800 |
10.666 |
9.142 |
8.000 |
E
|
40.000 |
20.000 |
13.333 |
10.000 |
8.000 |
6.666 |
5.714 |
5.000 |
F
|
32.000 |
16.000 |
10.666 |
8.000 |
6.400 |
5.333 |
4.571 |
4.000 |
Por consiguiente: la candidatura A obtiene cuatro escaños, la candidatura
B dos escaños y las candidaturas C y D un escaño cada una.