La denominación social debe solicitarse, previamente, al:
REGISTRO MERCANTIL CENTRAL
SECCIÓN DENOMINACIONES
C/. Príncipe de Vergara, 72
28006 MADRID
Tfnos.: (91) 564.52.53 y (91) 564.51.26
Se envía la solicitud que se adjunta en el «Anexo 1».
El Registro debe contestar expresando que NO FIGURA registrada la denominación solicitada. «Anexo 2».
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS
La Escritura de Constitución y los Estatutos se elevan a público ante Notario.
La Escritura debe contener:
Los Estatutos forman parte de las Escrituras que, de forma específica, regula la organización y funcionamiento de la sociedad, y contiene:
CALIFICACIÓN E INSCRIPCION COMO S.A.L. EN EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE SS.AA.LL.
La Ley 15/1986, de 25 de Abri1 y el Real Decreto 2229/1986, de 24 de Octubre, sobre Registro Administrativo de las SS.AA.LL, regulan los requisitos y condiciones para obtener la Calificación como S.A.L.
Actualmente, en la C.A.P.V., la Calificación e Inscripción de la S.A.L. en el Registro Administrativo (condición necesaria para la inscripción de la S.A.L. en el Registro Mercantil) se solicita en el:
GOBIERNO VASCO
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, ECONOMIA, TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION DE ECONOMIA SOCIAL
C/. Duque de Wellington, 2
01010 VITORIA-GASTEIZ
Tfno.: (945) 18.93.35
Fax: (945) 18.94.50
La solicitud se lleva a cabo mediante escrito dirigido al departamento descrito, adjuntando al mismo copia autorizada y 2 copies simples de la Escritura de Constitución, pudiendo presentarse, asimismo, en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Trabajo y Seguridad Social de cada Territorio Histórico.
El Gobierno Vasco certifica su Calificación e Inscripción «Anexo 3».
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL
Una vez que la Sociedad ha sido calificada como S.A.L. e inscrita en el Registro Administrativo de SS.AA.LL. del Gobierno Vasco, debe procederse a su inscripción en el Registro Mercantil del Territorio donde tenga establecido su domicilio social.