“Ya que ningún hombre tiene ningún tipo de
[?] natural sobre sus prójimos, y ya que la fuerza no es la fuente de derecho, los
[?] son la base de toda la autoridad legal entre hombres.
Ahora bien, como los hombres no pueden crear ninguna nueva fuerza, pero sólo combinar y dirigir aquellas que ya existen, ellos no tienen ningún otro medio de conservación que formar por agregación una suma de las fuerzas que pueden vencer las resistencias, ponerlas en acción por una única voluntad, y hacerlas trabajar en concierto.
Esta suma de fuerzas puede ser producida sólo por la combinación de muchos; ¿pero cómo puede cada hombre prometer su fuerza y su
[?] sin perjudicarse a sí mismo y su propia preservación?
" Encontrar una forma de asociación que pueda defender y proteger con toda la fuerza entera de la comunidad a la persona y las características de cada socio, de manera que cada uno, uniéndose al todo, sin embargo pueda obedecerse sólo a sí mismo, y permanecer tan libre como antes. " Éste es el problema fundamental al cual el Contrato
[?] proporciona la solución.
Si dejamos de lado todo lo que no es esencial del contrato social, encontraremos que es reducible a los términos siguientes: " Cada uno de nosotros pone en común su persona y su poder entero bajo la dirección suprema de la voluntad general, y a cambio cada
es reconocido como una parte indivisible del
. "
El
Social ( Jean Jacques
)