Dan Olweus, uno de los primeros investigadores
que estudió el tema, define el bullying (maltrato entre
alumnos) como una conducta de persecución física
y/o psicológica que realiza un/a alumno/a contra otro/a,
al que escoge como víctima de repetidos ataques. Esta
acción, negativa e intencionada, sitúa la víctima
en una posición de la que difícilmente puede
salir por sus propios medios. La continuidad de estas relaciones
provoca en la víctima efectos claramente negativos:
ansiedad, descenso de la autoestima, y cuadros depresivos,
que dificultan su integración en el medio escolar y
el desarrollo normal de los aprendizajes.
De esta definición se desprenden tres
características:
- Existe un desequilibrio (abuso) de poder.
- Hay una repetición de los incidentes a lo largo del
tiempo.
- Hay intencionalidad por parte del agresor o agresores.
A estas características que definen una
situación de bullying, se añade otra: es un
fenómeno de grupo, no un problema individual.
No se trata de conductas organizadas o espontáneas
donde se busca el mal mutuo, ni actos de vandalismo que se pueden
manifestar abiertamente en el entorno escolar. No es un conflicto
entre dos partes con intereses contrapuestos, es un proceso
de victimización.
Es un tipo de violencia insidiosa, que se
construye lentamente en el día a día de
las relaciones interpersonales. Es difícil de identificar
ya que en los inicios suele ser poco evidente y puede mantenerse
oculta a los adultos, pero es bien conocida por el alumnado.
Supone una vulneración de los derechos
fundamentales del alumno: derecho a no estar sometido
a la humillación intencional y repetida y a estar seguro
en la escuela.