Materiales dirigidos a los centros para ayudar a tomar decisiones respecto la gestión de datos de carácter personal.
En este apartado se presentan artículos de prensa publicados en diversos medios en los que se hace referencia a la gestión de datos de carácter personal. No hay ningún documento de acoso digital tan frecuente actualmente (móviles, internet, video, etc...), pero se pueden encontrar con mucha facilidad en la red.
La intención es la concienciación del profesorado, ayudar a tomar decisiones, y su actuación. Es necesario concienciarnos de la necesidad de trabajar urgentemente este tema.
Estos documentos, que en un principio van dirigidos al profesorado, pueden utilizarse también en tutorías, o dentro de actividades del PAT, o para complementar las fichas de “Tu decides...” presentadas en el apartado Materiales, o cuando se considere conveniente.
De entrada os cuelgo seis artículos que relacionan escuela con gestión de datos de carácter personal. El último es importante. Es un artículo sobre la última publicación del grupo Artículo 29 del Parlamento europeo que remarca la necesidad de trabajar desde los centros este tema. Dado que es un documento importante, después del artículo tenéis un enlace para poderlo descargar.
Después unos cuantos artículos sobre los móviles en los centros educativos de la Comunidad de Madrid y uno sobre la tentación de utilizar soluciones ilegales en este tema.
Algunos artículos sobre la difusión de internet y las nuevas tecnologías.
Finalmente hay tres documentos variados.
Los centros educativos no protegen los datos personales de sus alumnos. ABC.es
Denuncian que los colegios no protegen los datos personales de sus alumnos. La Razon.es
Los centros educativos ceden sin permiso información personal de padres y alumnos. El Pais.com
La mayoría de los colegios incumple la normativa sobre datos personales, según AEPD. Consumer
Document de l’Article 29, Parlament C.E.
Madrid, única comunidad con normativa sobre móviles en los colegios. Madridiario.es
Las Comunidades Autónomas debaten el uso de móviles en clase. Redacción de Educaweb.com
Plan de convivencia en los colegios. La Comunidad de Madrid prohíbe el uso del móvil en clase. EFE
La tentación ilegal de los inhibidores de móviles. Matt Richtel / NYT. El pais
La mitad de los españoles usa ya internet
Los jóvenes no pueden vivir sin el messenger
Cuestiones relativas a la Protección de Datos Personales de menores de edad
El Reino Unido protegerá a los niños de la Red
Tríptico de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid: La protección de los Datos Personales Un Derecho de los Niños y Jóvenes
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Los centros educativos no protegen los datos personales de sus alumnos

26 Enero, 2007 ABC / M. ASENJO MADRID /
La mayoría de los centros educativos no universitarios incumplen la normativa para la obtención y tratamiento de información personal de alumnos, padres y profesores, según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
La Agencia, que advierte de una situación de «general incumplimiento» de la normativa vigente, ofreció ayer los resultados del «Plan Sectorial de Oficio a la enseñanza reglada no universitaria» realizado entre 2005 y 2006 y en el que se han inspeccionado 61 centros (28 públicos, 17 concertados y 16 privados) de todas las comunidades autónomas.
El objetivo de la auditoría es comprobar el «nivel de cumplimiento de los principios de información, consentimiento, calidad y seguridad de la normativa de protección de datos por parte de los centros de enseñanza inspeccionados», así como formular recomendaciones para que los centros cumplan la normativa.
De acuerdo con los resultados, el director general de la AEPD, José Luis Piñar, calificó «por debajo de cinco» la gestión que los centros hacen de los datos personales de sus alumnos y denunció que existen «numerosas deficiencias que deben resolverse cuanto antes», aunque los centros suelen actuar «de buena fe».
Entre los problemas detectados, el principal consiste en que los colegios «utilizan datos especialmente protegidos sin consentimiento expreso». El incumplimiento de la ley se produce especialmente en los procesos de admisión y matriculación de alumnos y en la gestión del expediente académico. Se ha comprobado también que se tratan datos de salud sin la necesaria autorización de padres.Como ejemplos de las deficiencias aparecen pedir la orientación religiosa en el proceso de admisión de alumnos y colocar a las puertas del comedor fotografías de alumnos que necesitan una dieta especial sin pedir permiso a los padres.
Asimismo, los padres «no son informados del destino de los datos personales que facilitan» y se han detectado «múltiples cesiones de datos sin consentimiento». La Agencia revela que esta situación se produce en casos como la entrega de datos a las asociaciones de padres o de antiguos alumnos.
Ante esos datos, las asociaciones de padres Concapa (católica) y Ceapa (laica) han pedido que se cumpla «a rajatabla» la ley, aunque no dudan de la buena fe de los centros.
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Denuncian que los colegios no protegen los datos personales de sus alumnos

M. O.Madrid- La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha detectado faltas importantes de seguridad y una situación «general de incumplimiento grave» en los centros no universitarios de la legislación para la obtención y tratamiento de información personal de alumnos, la mayoría de ellos menores de edad, padres y docentes. «En este sector queda todavía mucho por hacer porque presenta numerosas deficiencias», aseguró ayer el director de esta institución, Luis Piñar, durante la presentación del «Plan Sectorial de Oficio a la Enseñanza Reglada No Universitaria».
En resumen, este sector padece «desconocimiento generalizado» de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LODP) e incumplimientos «importantes» de la legislación en aspectos «especialmente relevantes», por lo que debe adoptar medidas para un tratamiento «adecuado» de datos personales, dijo Piñar, advirtiendo a los centros escolares que este plan es «de obligado cumplimiento».
En concreto, los centros educativos incumplen el deber de información exigido a la hora de recabar datos, puesto que la mayoría de los formularios para la matriculación o solicitud de plaza carecen de cláusula informativa de consentimiento o no se adecúan a la normativa.
Así, las dos asociaciones de padres de alumnos más representativas a nivel estatal, la Confederación Española de Asociaciones de Padres de Alumnos (Ceapa) y la Confederación Nacional Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos (Concapa), solicitan que se cumpla «a rajatabla» la LODP en todos los centros educativos.
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Los centros educativos ceden sin permiso información personal de padres y alumnos
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La Agencia de Protección de Datos asegura que los colegios piden detalles "excesivos"
CARMEN MORÁN - Madrid - 26/01/2007
Los centros educativos no custodian como debieran los datos de sus alumnos, y eso que parte de la información que manejan está incluida entre la de protección especial porque atañe a la salud del niño, a su origen racial o su confesión religiosa. A veces incluso se pregunta por el cargo que ocupan los padres en sus empresas. La documentación se cede sin consentimiento a otros colegios o a las contratas que sirven las comidas. La Agencia Española de Protección de Datos ha inspeccionado 61 centros, les pone un suspenso por sus "numerosas carencias" y dice que piden detalles "excesivos".
A veces, la Agencia Española de Protección de Datos efectúa inspecciones de oficio en determinados sectores, como la hostelería, para recordar que hay una ley que aplicar. En esta ocasión les ha tocado a los centros educativos, que suelen manejar información delicada sobre los alumnos y sus padres. Se han encontrado con centros en los que se veía la foto de un niño colgada a la entrada del comedor y se recordaba que es celíaco. En otras ocasiones, los servicios administrativos de los colegios preguntan por la opción religiosa, la cartilla de vacunación y otros datos "excesivos" para formalizar una matrícula escolar. La situación familiar o laboral de los padres así como sus teléfonos particulares o sus profesiones figuran a menudo entre los datos que recaban los colegios e institutos y no hay seguridad suficiente para protegerlos ni control para cederlos a otras instituciones o empresas.
No se hace con afán de lucro sino "por un desconocimiento generalizado de la ley", explicó ayer el director general de la agencia, José Luis Piñar. A veces es la "buena fe" lo que impulsa a los colegios a recoger y hacer público algún dato delicado del alumno, como por ejemplo sus trastornos alimentarios. Pero lo cierto es que esta información se suele ceder a otros centros escolares donde estudiará con posterioridad el alumno sin consentimiento expreso. O se facilitan datos personales de las familias a asociaciones de antiguos alumnos o incluso a padres que quieren organizar una fiesta sorpresa a sus hijos con la asistencia de sus amigos.
En lo que respecta al expediente académico, suelen recoger los datos necesarios, pero "no saben cuándo ni cómo" han de cancelar esta información. "A veces lo tiran a la papelera, sin más, o conservan demasiado tiempo datos personales que no tienen por qué figurar en el expediente académico", afirmaron ayer responsables de la agencia.
Para extraer estas conclusiones, con las que han calificado a los centros con un suspenso ("están por debajo del cinco sobre diez") en protección de datos, se han examinado 61 colegios e institutos públicos, privados y concertados de toda España, salvo los centros públicos de Madrid, Cataluña y País Vasco, comunidades que tienen agencias propias.
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La mayoría de los colegios incumple la normativa sobre datos personales, según AEPD
Asegura que existen numerosas deficiencias al respecto, aunque no duda de la buena fe de los centros
CONSUMER /
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) denunció ayer que la normativa para la obtención y tratamiento de información personal de alumnos, padres y profesores se incumple en la mayoría de los centros educativos no universitarios.
Este es uno de los aspectos que se recogen en el “Plan Sectorial de Oficio a la enseñanza reglada no universitaria”, presentado ayer por la AEPD, que ha inspeccionado para ello 61 centros (28 públicos, 17 concertados y 16 privados) de todas las comunidades autónomas. El plan tiene como propósito comprobar el “nivel de cumplimiento de los principios de información, consentimiento, calidad y seguridad de la normativa de protección de datos por parte de los centros de enseñanza”. También se pretende formular recomendaciones para que los centros cumplan la normativa vigente.
La gestión que los centros hacen de los datos personales de sus alumnos fue calificada “por debajo de cinco” por el director general de la AEPD, José Luis Piñar, que aseguró que existen “numerosas deficiencias que deben resolverse cuanto antes”. No obstante, los centros suelen actuar “de buena fe”, aclaró.
El problema principal es que los colegios “utilizan datos especialmente protegidos sin consentimiento expreso”, explicó la citada fuente. El incumplimiento de la ley se produce especialmente en los procesos de admisión y matriculación de alumnos y en la gestión del expediente académico. Se ha comprobado también que se tratan datos de salud sin la necesaria autorización de padres. Así, hay casos en los que se pide la orientación religiosa en el proceso de admisión de alumnos y se colocan a las puertas del comedor fotografías de alumnos que necesitan una dieta especial sin pedir permiso a los padres.
Según la AEDP, los padres “no son informados del destino de los datos personales que facilitan” y se han detectado “múltiples cesiones de datos sin consentimiento”. Ante esta situación, las asociaciones de padres Concapa y Ceapa han pedido que se cumpla “a rajatabla” la ley, si bien no dudan de la buena fe de los colegios.
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Protección de datos denuncia que algunos colegios cuelgan en la puerta del comedor las patologías de sus alumnos
La Agencia de Protección de Datos detecta deficiencias en el tratamiento de datos personales

ALFONSO OJEA / CADENA SER 25-01-2007
La Agencia de Protección de Datos ha detectado importantes deficiencias en el tratamiento de datos personales por parte de los centros de enseñanza tanto públicos, como los concertados y privados con respecto a los alumnos. Algunos colegios llegan a difundir en las puertas de los comedores las patologías que padecen los menores.
Deficiencias como la solicitud al padre de su cargo profesional y la empresa en la que trabaja o volver a exigir la declaración de la Renta, cuando ese paso ya se ha cumplido en el proceso de admisión del alumno.
Pero también se producen deficiencias en datos confidenciales, como son los informes médicos del estudiante. El subdirector general de inspección del organismo, Alfredo Canales, explica que en algunos centros “cuando algún niño tiene alguna patología, a la hora de asistir al comedor escolar, se coloca a la puerta del comedor la fotografía del pequeño, su nombre y la patología que sufre”. Con lo cuál, “se están divulgando datos
especialmente protegidos, sin consentimiento y por una vía inadecuada”, según Canales.
Otra de las irregularidades detectadas es que algunos centros guardan los expedientes de los alumnos, aunque estos lleven muchos años fuera del colegio.
CADENASER.com
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Las autoridades europeas de Protecció emiten un informe sobre la privacidad menores en centros escolares
Advierten de las consecuencias negativas que puede tener para un confidencialidad en el tratamiento de sus datos.
FACUA.org - Europa - 4 de marzo de 2008
El Grupo de Trabajo del Artículo 29, organismo que reúne a las Autoridades Europeas encargadas de la supervisión de las normas de protección de datos de los Estados Miembros, ha aprobado un informe sobre la protección de datos de los menores, centrado principalmente en la protección de la privacidad en el ámbito escolar.
Entre los principales aspectos recogidos en el documento del GT 29, se destaca la necesidad de que los centros educativos tomen las medidas de seguridad necesarias para evitar que aquellos datos que pudieran ser objeto de discriminación en el entorno escolar, tales como datos de salud, creencias o de origen racial, sean conocidos y utilizados sin el consentimiento del menor o de sus padres.
El grupo de autoridades, hace pública así su preocupación por las consecuencias negativas que pueden tener para un niño la falta de confidencialidad en el tratamiento de sus datos, así como un uso de los mismos no justificado en el ámbito escolar.
En este sentido el documento del GT 29, aconseja a los colegios que los datos sensibles relacionados con el entorno familiar del menor o su salud, sean recogidos únicamente con una finalidad concreta para salvaguardar el derecho a la privacidad del menor.
Así, por ejemplo, se recomienda a los centros educativos que las fichas de los estudiantes no contengan un número de datos excesivos estableciendo la obligación de informar a los representantes, y en su caso a los menores, sobre la finalidad para que se recogen y del uso que se va a hacer de ellos. Asimismo se deberán establecer las medidas necesarias para evitar que esos datos puedan ser tratados por terceros para proteger al menor de una posible discriminación en el centro.
Por otra parte, en el documento también se destacan asuntos relativos a la seguridad como la implantación de sistemas de geolocalización o RFIDs en menores o la implantación de CCTV en centros escolares.
En relación a los sistemas de geolocalización el GT 29 destaca que, si bien pueden proteger al niño ante múltiples riesgos, deberá estudiarse cuándo esos sistemas de control pueden llegar a afectar a la libertad de movimientos y a la privacidad del individuo, por lo que será necesario mantener el principio de proporcionalidad entre la privacidad y la seguridad.
Respecto a la implantación de CCTV en centros escolares también se alude en el documento al principio de proporcionalidad, destacando que se instalarán en los colegios siempre y cuando sean completamente necesarios y no existan otro tipo de medidas de seguridad menos intrusivas.
Además, se establece que alumnos, padres y el resto de la comunidad escolar han de ser informados sobre su instalación. Asimismo, se destaca que la instalación de sistemas de videovigilancia deberán estar limitados, teniendo especial cautela en áreas como gimnasios o zonas de recreo y existiendo áreas que no podrán contar con estos sistemas como vestuarios o baños.
El documento también se hace referencia a la utilización de MMS y a las grabaciones de audio y vídeo efectuadas con teléfonos móviles en los centros escolares. En este punto se encomienda a los colegios la tarea de alertar convenientemente a sus estudiantes de que la utilización de unas imágenes sin el consentimiento del interesado puede suponer un incumplimiento grave del derecho de privacidad y protección de datos del menor.
Entre los principios fundamentales que deben regir la protección de datos de los menores, la Agencia Española de Protección de Datos destaca en un comunicado los siguientes:
- Los menores tienen derecho a la privacidad y a la protección de sus datos personales y siempre deberá prevalecer el criterio que sea de mejor interés para el menor al requerir una mayor atención como consecuencia de no haber alcanzado aún la madurez física y psicológica.
- Como consecuencia de su inmadurez los menores necesitarán de la asistencia de un representante para ejercer la mayoría de sus derechos.
- A medida que el niño crece debería ser consultado en un mayor número de situaciones sobre todo en lo relativo al ejercicio de sus derechos, incluidos la protección de datos, y esto supondrá que en ocasiones se deban tener en cuenta sus decisiones.
- La recogida de datos de menores con fines publicitarios deberá contar, como regla general, con el consentimiento expreso de los padres, en especial cuando el menor esté aún lejos de alcanzar la mayoría de edad y deberá realizarse siempre de la manera menos intrusiva.
- Se recomienda la formulación de acuerdos entre las Autoridades de Protección de Datos, Ministerios de Educación, y otros cuerpos o entidades involucrados con el menor, con el objetivo de establecer una cooperación muta que permita la difusión del derecho fundamental a la protección de datos en el ámbito del menor.
Tras la aprobación de este documento está previsto abrir una consulta pública donde el GT 29 invita a todas aquellas personas o entidades que tratan datos personales de niños, especialmente profesores y autoridades escolares, así como al público en general, a que realicen sus comentarios sobre este documento de trabajo. Grupo de trabajo del Artículo 29.
Sobre el GT 29
El Grupo de Trabajo del Artículo 29 es el grupo consultivo que reúne a las Autoridades de Protección de Datos de los Estados Miembros, que emite Dictámenes y Opiniones sobre distintos asuntos que se someten a su consideración y que necesariamente debe pronunciarse sobre todas las propuestas normativas europeas que afecten al derecho a la protección de datos personales
http://www.abbant.org/noticias.shtm
http://fapar.org/blogfapar/index.php/2007/01/26/los-centros-educativos-no-protegen-los-datos-personales-de-sus-alumnos/
http://www.facua.org/es/noticia.php?Id=2793
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Documento del Artículo 29, Parlamento C.E.
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Madridiario.es
Madrid, única comunidad con normativa sobre móviles en los colegios
03-11-2007 - MDO/Efe - Fotografías: Patricia Vioque
El uso de móviles y aparatos electrónicos de entretenimiento por los alumnos suele estar prohibido o limitado en colegios e institutos, principalmente en las aulas, aunque las Comunidades Autónomas carecen, en general, de una norma autonómica específica de cumplimiento obligatorio, excepto Madrid.
Es cada centro, en función de su autonomía, el que decide habitualmente dónde, cuándo y cómo los estudiantes pueden emplear la telefonía móvil para evitar distracciones o un uso ilícito, según fuentes de las Consejerías de Educación.
Entre las autonomías, la Comunidad Valenciana prepara un decreto, Extremadura ha emitido una serie de orientaciones para los centros y Castilla-La Mancha no tiene previsto fijar una norma general sobre este asunto, que considera problemático y polémico.
Normas de convivencia escolar
Desde este curso se aplica en la Comunidad de Madrid el decreto de normas mínimas obligatorias de convivencia escolar, que cada centro desarrollará y precisará.
El texto habla del "mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros".
Entre otros puntos prevé como falta muy grave "la grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones", que se puede penalizar hasta con la expulsión del centro.
Valencia y Extremadura se preparan
La Generalitat valenciana está consensuando con el sector educativo un borrador del decreto de derechos y deberes de padres, profesores y alumnos, que considera conducta contraria a la convivencia escolar el uso de móviles, aparatos de sonido y otros electrónicos "ajenos al proceso de enseñanza-aprendizaje".
No obstante, los centros de la Comunidad Valenciana regulan ya de forma más concreta el uso de móviles, MP3 y elementos electrónicos similares y las sanciones por incumplimiento.
En 2006 la Consejería de Educación de Extremadura recomendó a los directores que propusieran a los consejos escolares la regulación y, en su caso, la prohibición del móvil en el recinto escolar para evitar distracciones en las aulas y acciones contra la dignidad e integridad física y moral del alumnado, como la grabación y difusión de conductas violentas y denigratorias.
Otras comunidades
Desde la Consejería castellano-manchega, indican que retirar el teléfono a un escolar es una "interferencia en un bien del alumno" y viola sus derechos y deberes como tal. Por ello se deja vía libre a los centros de la región para que establezcan las normas básicas de convivencia.
Tampoco existe una norma autonómica obligatoria en Castilla y León, sino que los centros pueden fijar las reglas que consideren adecuadas. Las autoridades educativas de Murcia tampoco han prohibido expresamente los móviles u otros aparatos, aunque sí hablan del buen aprovechamiento de las clases.
En general, los institutos de Cataluña prohíben el uso de móviles en clase, pero los alumnos pueden guardarlos consigo apagados. En algunos centros de esta comunidad o en zonas como el comedor escolar se aplican programas para evitar que los jóvenes acaben "enganchados" al móvil o al MP3.
El Gobierno de La Rioja prepara un decreto de deberes y derechos de alumnos, en los que se aunarán criterios generales para lograr una mejor convivencia en las aulas en todos los sentidos.
En el País Vasco cada centro regula el uso, aunque la norma general es que se puede llevar el teléfono a clase, pero siempre apagado y, en algunos centros, ni siquiera de esta forma.
En el resto de CCAA, lo habitual es que no esté permitido en ninguna instalación o al menos en las aulas durante las clases, aunque no existe una reglamentación autonómica concreta.
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Las Comunidades Autónomas debaten el uso de móviles en clase
Redacción de Educaweb.com (05/11/2007)
Actualmente, la mayoría de Comunidades Autónomas carece de normativa para regular el uso de teléfonos móviles en escuelas o institutos. Algunas Comunidades han iniciado los trámites para determinar cómo y cuando se debe restringir el uso del móvil en las aulas.
Aunque no existe un reglamento autonómico concreto, lo habitual es que el uso del teléfono móvil no esté permitido en las instalaciones de los centros educativos, especialmente en las aulas.
La Comunidad de Madrid ha sido la primera en regular el uso de estos dispositivos, aplicando un decreto de normas mínimas obligatorias de convivencia escolar, que cada centro desarrollará y precisará. Dentro de esta normativa destaca que será considerado una falta muy grave “la grabación, publicidad o difusión a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones”.
Por su parte, la Comunidad Valenciana prepara un borrador de decreto que deberán consensuar entre el gobierno autonómico y el sector educativo, que incluirá los derechos y deberes de padres, profesores y alumnos y que considera el uso de móviles y otros dispositivos una actitud desfavorable para la convivencia escolar.
La Consejería de Educación de Extremadura ha emitido una serie de orientaciones para los centros y Castilla y León establece que sean los propios centros los que fijen las reglas que consideren oportunas.
País Vasco actúa en líneas semejantes, permitiendo que cada centro regule el uso. Por su parte, Catalunya prohíbe el uso de móviles en clase pero permite que el alumnado mantenga los aparatos consigo, siempre y cuando estén apagados.
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Plan de convivencia en los colegios
La Comunidad de Madrid prohíbe el uso del móvil en clase
El Gobierno madrileño ha elaborado un borrador que establece también la expulsión a quienes graben o difundan agresiones
EFE | MADRID
El Gobierno de Madrid ha elaborado un borrador de las normas de convivencia que se deben cumplir en los centros escolares de la región donde, entre otras cosas, se impide a los alumnos el uso de teléfonos móviles en clase y se establece la expulsión a quienes graben o difundan agresiones o humillaciones.
Así lo ha anunciado hoy el vicepresidente primero de la Comunidad, Ignacio González, en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que ha aprobado el borrador de este código de buena conducta, para su conocimiento por el Consejo Escolar y posterior redacción de la norma definitiva.
El nuevo código de buenas conductas escolares otorga más autoridad a los profesores y directores de los centros, prohíbe el uso de cualquier aparato electrónico en clase (incluidos mp3, consolas o vídeo consolas) que pueda distraer la atención y establece como falta más graves, sancionadas con la expulsión, los comportamientos de acoso y violencia o los que atenten contra la integridad y dignidad de las personas.
El borrador establece que cada centro escolar deberá hacer su propio Plan de Convivencia, en el que tendrán que figurar las normas de comportamiento que los alumnos deben respetar obligatoriamente.
Las infracciones de las normas que no se deriven de "circunstancias agravantes", se considerarán faltas leves y podrán ser sancionadas de forma inmediata por cualquier profesor del centro.
Faltas leves, graves y muy graves
Asimismo, se considera falta leve el uso de teléfonos móviles y aparatos eléctricos en clase y se establece que la reiteración de estos comportamientos puede ser castigada con trabajos después de clase o con la suspensión del derecho de asistencia al colegio, por un plazo máximo de seis días.
Las mismas sanciones se impondrán a quienes cometan actos graves de indisciplina, a los que tengan faltas de asistencia a clase repetidas y sin justificar o quienes provoquen daños en las instalaciones del centro.
Las faltas más graves cometidas por los alumnos, que deberán ser probadas y comprobadas, se sancionan con la suspensión del derecho de la asistencia a clase, el cambio del centro o, en último caso, la expulsión del alumno.
El Ejecutivo regional pretende de este modo ayudar a las víctimas de acoso y violencia escolar y que sea el agresor el que esté obligado a cambiar de centro y no el agredido. El borrador refuerza la autoridad de los directores y profesores para que puedan actuar de inmediato ante situaciones de conflicto y les permite imponer ciertas sanciones, en el ámbito que les corresponde.
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Normas de convivencia. El Gobierno de Madrid prohíbe el uso de teléfonos móviles en clase
Se expulsará a quienes graben o difundan agresiones
16/02/2007 EFE
El Gobierno de Madrid ha elaborado un borrador de las normas de convivencia que se deben cumplir en los centros escolares de la región donde, entre otras cosas, se impide a los alumnos el uso teléfonos móviles en clase y se establece la expulsión a quienes graben o difundan agresiones o humillaciones. Así lo anunció ayer el vicepresidente primero de la Comunidad, Ignacio González, en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que aprobó el borrador de este código de buena conducta, para su conocimiento por el Consejo Escolar y posterior redacción de la norma definitiva.
El nuevo código de buenas conductas escolares otorga más autoridad a los profesores y directores de los centros, prohíbe el uso de cualquier aparato electrónico en clase (incluidos mp3, consolas o vídeo consolas) que pueda distraer la atención y establece como faltas más graves, sancionadas con la expulsión, los comportamientos de acoso y violencia o los que atenten contra la integridad y dignidad de las personas. El borrador establece que cada centro escolar deberá hacer su propio plan de convivencia, en el que tendrán que figurar las normas de comportamiento.
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La tentación ilegal de los inhibidores de móviles
El pais. Matt Richtel / NYT - San Francisco - 01/12/2007
Una tarde de principios de septiembre, un arquitecto se subió a su tren de cercanías y se convirtió en vigilante de teléfonos móviles. Se sentó junto a una mujer de unos 20 años que, según dijo, estaba "cotorreando" por teléfono. "Utilizaba la palabra 'como' continuamente. Parecía una pija", dice Andrew, el arquitecto, que rehusó dar su apellido porque lo que hizo era ilegal.
Andrew metió la mano en el bolsillo de la camisa y pulsó un botón de un dispositivo negro del tamaño de un paquete de tabaco. Éste envió una potente señal de radio que interrumpió la transmisión del teléfono móvil de la cotorra, y la de cualquier otro que hubiese en un radio de nueve metros. "Siguió hablando durante unos 30 segundos, hasta que se dio cuenta de que al otro lado no había nadie escuchando", dice Andrew. ¿Cuál fue su reacción cuando descubrió por primera vez que podía ejercer ese poder? "¡Caramba! Liberación".
A medida que se ha disparado el uso del teléfono móvil, una banda de rebeldes pequeña pero cada vez más numerosa recurre a una contramedida contundente: el inhibidor de teléfonos móviles.
La tecnología no es nueva, pero los exportadores de estos dispositivos dicen que la demanda va en aumento y que cada mes envían cientos de ellos a EE UU, lo cual ha motivado la vigilancia de los legisladores federales y preocupación en el sector de la telefonía móvil. Los compradores incluyen dueños de bares y peluquerías, hoteleros, propietarios de teatros, conductores de autobús y, cada vez más, usuarios del transporte público.
El fenómeno está desatando una batalla por el control del espacio aéreo al alcance del oído. Los usuarios insensibles imponen su bulla a la gente indefensa, pero los inhibidores no sólo castigan a los infractores, sino también a interlocutores más discretos. "Si hay algo que caracteriza al siglo XXI es nuestra incapacidad para contenernos en beneficio de los demás", afirma James Katz, director del Center for Mobile Communication Studies en la Rutgers University, Nueva Jersey. "El usuario de móvil cree que sus derechos están por encima de los que le rodean, y el que perturba considera que los suyos son los derechos más importantes".
La tecnología de interferencia funciona enviando una señal de radio tan potente que los teléfonos se saturan y no pueden comunicarse con los repetidores. Su alcance varía, y los dispositivos cuestan entre 30 y varios cientos de euros. Los modelos más grandes pueden dejarse activados para crear una zona sin llamadas.
Utilizar los inhibidores es ilegal en Estados Unidos. Las radiofrecuencias utilizadas por los propietarios de teléfonos móviles están protegidas por la ley federal. La Comisión Federal de Comunicación afirma que los usuarios de perturbadores de móviles podrían recibir multas de hasta 7.500 euros por una primera infracción. Su oficina legal ha procesado a varias empresas estadounidenses por distribuir los aparatos, y también pretende procesar a sus usuarios.
Los propietarios de móviles pagan decenas de miles de millones de euros por arrendar frecuencias del Gobierno con la condición de que otros no interfieran en su señal. "Es ilógico que cuando la demanda de una mejor cobertura móvil por parte de los consumidores de aparatos inalámbricos es clara y manifiesta, este tipo de dispositivos estén encontrando un mercado", afirma Jeffrey Nelson, portavoz de Verizon.
Los propietarios también plantean un problema de seguridad pública: los inhibidores podrían ser utilizados por delincuentes para impedir que la gente se comunique en una emergencia.
Gary, un terapeuta de Ohio que también se negó a dar su apellido, dice que las interferencias son necesarias para desarrollar su trabajo con eficacia. Dirige sesiones de terapia de grupo para pacientes con trastornos alimentarios. En una sesión, la confesión de una mujer se vio interrumpida bruscamente por una llamada. Hace cuatro meses, Gary pagó 135 euros por un perturbador. Les dice a sus pacientes que si esperan una llamada de emergencia, den el número de recepción. No les ha comentado nada sobre el aparato.
Kumar Thakar, que reside en Mumbai, India, y vende perturbadores en la Red, dice que cada mes exporta 20 unidades a Estados Unidos, el doble que hace un año. Los clientes incluyen a propietarios de bares y peluquerías, y un conductor de autobús escolar de Nueva York llamado Dan. "Los chavales se creen muy listos agachándose en el asiento y utilizando el teléfono", escribió Dan en un correo electrónico a Thakar, agradeciéndole la venta del aparato. "¡Ahora los niños no entienden por qué no funcionan sus teléfonos, pero no pueden preguntar porque se la cargarían!".
Andrew, el arquitecto de la zona de San Francisco, dice que al principio utilizaba el inhibidor por diversión. Ahora lo usa con más criterio. "En este momento, el mero hecho de saber que tengo el poder para interrumpir la llamada de alguien es satisfacción suficiente", asegura.
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Los niños europeos están cada vez más expuestos a riesgos en Internet que les causan estrés
Los contactos sociales a través de la red han experimentado un incremento extraordinario en Europa en el último año. En Noruega, por ejemplo, el 93% de los jóvenes de 12 a 17 años utiliza las páginas web de contacto sociales. Incluso en algunos países donde Internet ha llegado más recientemente esta actividad es también muy popular. Por ejemplo, en Estonia, más de las dos terceras partes de los estudiantes
de Bachiller participan en ella.
En España, en particular, un 71,1% de los niños de entre 10 y 14 años son usuarios de
Internet. De estos, un 78,4% utiliza Internet para ocio, música y juegos. Los usos
preferidos de Internet por los jóvenes españoles son aquellas actividades en las que
intervienen componentes sociales o relacionales (37%). Entre estas actividades destacan
ver y contestar el correo, bajar o descargar música o juegos, chatear, etc. En concreto un
82,3% de los jóvenes entre 12 y 21 años manifiesta que suele participar habitualmente
en chats, foros, messengers, blogs, etc.
A pesar de los beneficios de los contactos sociales, hay una evidencia de la existencia de
riesgos para la privacidad y bienestar de los jóvenes, según revelan recientes
investigaciones realizadas en 21 países europeos. El proyecto EU Kids Online, en el que
participan los profesores de la UPV/EHU Carmelo Garitaonandia y Maialen Garmendia,
está recogiendo y comparando estos resultados, para preparar la publicación en junio de
un informe. Con motivo de la celebración mañana, 12 de febrero, del Día de la
Seguridad en Internet (Safer Internet Day) se adelantan algunos de los resultados de
esas investigaciones. El Día de la Seguridad en Internet es una jornada instaurada por la
Unión Europea en 2004 para remarcar la creciente importancia de la seguridad en
Internet en la vida de los ciudadanos.
Un dato preocupante que revelan las investigaciones es que muchos de estos jóvenes
están dando sus datos personales en Internet. Especialmente se destacan tres países:
En la República Checa, la mayoría de los jóvenes han dado datos personales a un
desconocido en Internet: 91% su dirección de correo electrónico, 79% su fotografía, y el
72% su número de teléfono.
En Irlanda, estas páginas de contacto social han conducido a muchos niños a desvelar
información personal: el 28% de los niños y jóvenes de 9 a16 años han dado sus
nombres, el 27% su mail, alcanzando el 79% (de 10 a 20 años), 49% la fecha de
nacimiento, el 12% el número de teléfono móvil y el 8% su dirección de casa, en elúltimo año.
En Polonia, el 64% dio su número de teléfono, 42% dio su dirección, y el 44% envió su
foto.
En el caso español, un 77,7% de los adolescentes y jóvenes aseguran que nunca se
citarían con alguien desconocido que han conocido a través de la red, en cambio un 18%
de los jóvenes aseguran que sí lo harían.
Por otra parte, los datos muestran no solo que los jóvenes están experimentando riesgos
online sino que también estos les provocan disgusto y estrés.
· El 17% de los niños belgas de 9 a12 años se han sentido amenazados online.
· En Estonia, el 19% de los niños de 6 a 14 han sido molestados por un desconocido en
la RED.
· El 44% de las chicas y el 30% de los chicos alemanes (de 12-19 años) han tenido
experiencias desagradables en los chats.
· El 16% de los jóvenes en Islandia han recibido correos y mensajes que les han causado
preocupación o miedo.
Las conclusiones de los investigadores de EU Kids Online son:
· Hay una gran falta de consejos y directrices a los jóvenes a la hora de utilizar Internet,
especialmente en algunos países con poca experiencia con Internet o donde los jóvenes
se encuentran en situaciones que todavía no están capacitadas para resolver.
· Dar información personal en la Red no siempre implica mayor riesgo, pero puede
provocarlo. Es por eso que es necesario dar consejos específicos dependiendo de la
cultura y circunstancias individuales de los jóvenes.
· Las webs de contactos sociales podrían implicarse más en relación con las
recomendaciones sobre la privacidad y asegurarse que los jóvenes comprendan las
posibles consecuencias de dar sus datos personales.
Según la catedrática Sonia Livingstone, directora del proyecto EU Kids Online, cuya
sede central es la London School of Economics and Political Science (LSE): “Aunque
los niños y los jóvenes están encantados con las nuevas oportunidades que les da
Internet –especialmente para contactos sociales- muchos de ellos dan sus datos
personales sin darse cuenta de quién podría verlos. Como resultado de esto, nuestra
investigación ha descubierto muchos casos de bullying, acoso y mensajes sexuales no
deseados, lo que es muy preocupante para muchos ellos”. El doctor Leslie Haddon, codirector
del EU Kids Online añade: “Es importante para los responsables de los
programas para aumentar la conciencia de los riesgos en Internet estar al día sobre losúltimos resultados de las investigaciones para que puedan dirigir sus programas a los
que los necesitan”.
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Tecnología
La mitad de los españoles usa ya Internet
El barómetro del CIS indica que sólo el 8% de los ciudadanos no sabe qué es la Red
EFE - Madrid - 31/03/2008
Uno de cada dos españoles (el 49,6%) utiliza Internet y una parte muy importante de ellos, el 64,6%, accede a la red todos o casi todos los días, según los resultados del último barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).
La encuesta, elaborada durante la primera semana de la pasada campaña electoral, entre el 22 y el 29 de febrero, revela que sólo el 8% de los españoles no sabe lo que es Internet.
La otra mitad de los ciudadanos que no lo usan, aseguran que el motivo principal es que no saben utilizarlo (38,6%), que no les gusta ni les interesa (31,8%) o que no tienen fácil acceso (11,6%).
Las búsquedas de información o documentación son los mayores usos que los encuestados hacen de Internet (91,1%), seguido del correo electrónico (78,7%), descarga de música, vídeos y películas (47,9%) y participación en foros, chats y mensajería instantánea (45,8%), mientras que el menor interés lo despierta su utilización para hacer llamadas telefónicas.
El 80% de los usuarios afirma haber recibido en alguna ocasión correos no deseados (spam) y más de la mitad (57,8%) asegura de que las páginas a las que accede son fiables.
En cuanto al comercio electrónico, mientras un 58,8% de los encuestados considera muy o bastante fiable el pago en establecimiento con tarjeta de crédito, el 78,8% cree que esa seguridad es poca o ninguna a la hora de utilizar la tarjeta para comprar por Internet
Privacidad Vs. seguridad
El barómetro incluye varias preguntas relacionadas con la privacidad de las personas y la protección de los datos personales y de manera mayoritaria (73,2%) se muestra a favor de la colocación de cámaras de seguridad o videovigilancia por considerar que proporcionan más seguridad, evitan delitos o permiten la detención de los delincuentes.
Sólo un 9,5% de los encuestados se manifiesta en contra de esas cámaras alegando que los ciudadanos pierden intimidad, privacidad o libertad.
La mayoría de los españoles (73,2%) se muestra partidaria de que la difusión de las imágenes grabadas por esas cámaras en televisión o Internet esté controlada de alguna manera.
Un poco más de la mitad de los ciudadanos (52,4%) conoce la existencia de la ley que protege la intimidad personal y familiar, aunque el 34% acudiría directamente al Juzgado si quisiera denunciar la utilización de sus datos in su consentimiento, y sólo un 15,5% lo haría a través del organismo público encargado de tutelar ese derecho.
De hecho, la mayoría (51,4%) desconoce la existencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
La mitad de los españoles usa ya Internet.pdf
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Los jóvenes no pueden vivir sin el messenger
El economista
09/08/06
Redacción
Una investigación titulada "Jóvenes y cultura messenger" muestra como el famoso
mensajero instantáneo en línea se ha convertido en un bien de primera necesidad para
las nuevas generaciones, pues les da independencia y privacidad respecto al mundo
exterior.
La investigación analiza el posicionamiento, tipo de uso y valoración de las TICs
(Tecnologías de la Información y la Comunicación) entre los adolescentes y jóvenes de
12 a 29 años. Ha sido elaborada por la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción
(FAD), el Instituto de la Juventud (INJUVE) y la Obra Social de Caja Madrid.
Según se desprende de este trabajo, esta independencia ha creado un cambio radical en
la sociabilización y forma de relacionarse de los jóvenes, ya que “la presencia” y el“contacto”, considerados por los jóvenes como dos principios esenciales sin los cuales
no se puede originar una amistad (en el sentido de una amistad que hay que cuidarla día
a día, demostrando que se está al lado de la persona querida, que además habrá de
comportarse de forma recíproca…), han sido desbancados por la posibilidad de
conectarse al messenger y entablar relaciones con personas desconocidas que,
probablemente, en la calle, cara a cara, no serían tal cual se muestran a través de la red.
Dentro de los instrumentos comunicacionales que ofrece la red, el estudio confirma que
los foros y chats están en franco declive y que el uso del messenger (mensajería
instantánea) sube de forma imparable. De hecho, un 24.2% de jóvenes universitarios de
20 a 24 años afirman utilizar el messenger de forma diaria, frente al escaso 3.1% de
jóvenes que reconoce utilizar diariamente los chats.
Las ventajas que los jóvenes ven en el messenger son muchas y variadas. En primer
lugar apuntan a que permite una comunicación continua, prolongada y económica. Por
otra parte, les permite comunicarse “a la carta”, es decir, elegir con quien se habla,
mantenerse oculto “al acecho” hasta que interesa “aparecer”, ampliar su red relacional o
mentir “con las cartas descubiertas” (todos asumen que, más o menos, mienten y que les
mienten). Frente a los chats, que exigen una búsqueda activa, el messenger permite estar“pasivamente disponible”.
Los jóvenes también apuntan como ventajas que es un medio seguro (se admite en la
lista de contactos a quien se quiera), y en el que se está siempre disponible pero sin
exponerse en el caso de que la conversación no interese.
El messenger también posibilita para los jóvenes la creación de “otros yos” que pueden
actuar como reales y que aspiran a la e-moción, es decir, a relacionarse y emocionarse
también de forma virtual.
El entorno en el que los jóvenes usan el messenger es, fundamentalmente, en el hogar
familiar (donde se sienten seguros y se desinhiben) y de manera algo infantilizada
(generalización de las abreviaturas, onomatopeyas, emoticones, etc). Los jóvenes buscan para “conectarse” un espacio propio, aislado, que les ofrece multitud de posibilidades pero donde se corre el riesgo de aislamiento.
Tecnologías y relaciones familiares
Paralelamente, este estudio ha demostrado cómo las nuevas tecnologías también
influyen en las relaciones familiares, creando una privacidad para los hijos que es
difícilmente controlable por los padres. En los últimos años la habitación de los
adolescentes ha vuelto al primer plano de la cultura juvenil, experimentando una gran
metamorfosis.
Según “Jóvenes y cultura messenger”, actualmente, la mayoría de los jóvenes españoles
poseen un ordenador en su propia habitación (el 63.1% de los jóvenes españoles de 15 a
29 años tiene ordenador y el 41.5% accede a Internet) Atrás quedaron las familias
unidas por un PC situado estratégicamente en un cuarto de uso común, para así pasar
más tiempo con sus hijos. La independencia de los jóvenes está ahora en su propio
hogar.
Como consecuencia de la emergencia de la cultura digital se ha hecho posible la
comunicación interpersonal desde el propio espacio privado:
*Del teléfono familiar controlado por los padres se ha pasado al teléfono móvil
personalizado que se puede usar desde la habitación.
*De la comunicación escrita por carta se ha pasado a la comunicación por Messenger,
SMS, email o Chat.
*Gracias a Internet los jóvenes han aprendido a acceder a comunidades virtuales que
están mucho más allá de su propia habitación.
*Gracias a los videojuegos (consolas, GameBoy, PlayStation) pueden practicar en su
casa lo que antes tenían que hacer en las salas públicas de recreativos.
Las brechas digitales generacionales
Finalmente, según esta investigación, se amortigua el conflicto generacional entre
padres e hijos pero se abren nuevas brechas que les separan y amplían las desigualdades
por edades.
Los jóvenes crean su propio espacio privado donde disponen de todo lo necesario para
poder estar en contacto con el exterior sin tener que salir.
Ellos deciden si quieren conectar el móvil, estar disponible en el messenger… La brecha
entre adolescentes y/o jóvenes y sus padres, asumida por ambas partes, tiende a
perpetuar el “mito” de que las nuevas tecnologías son sólo para los jóvenes, como parte
de un rito “generacional”.
En segundo lugar, ya están empezando a detectarse brechas generacionales entre los
propios jóvenes: los de menor edad, por ejemplo, utilizan tecnologías que el resto no
conocen o no aprovechan al máximo.
Por otra parte también se establecen brechas digitales entre los jóvenes que tienen acceso y usan las nuevas tecnologías y aquellos que no tienen, o no quieren tener, ese
acceso y uso. Se trata en definitiva de estar dentro o estar fuera, lo que los jóvenes
consideran lo mismo que estar o no estar.
Quien no está en Internet, quien no tiene móvil, quien no maneja las nuevas tecnologías,
pasará a engrosar la lista de los que pierden oportunidades, tanto laborales como de
relaciones sociales.
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Los jóvenes no pueden vivir sin el messenger.pdf
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PROTECCIÓN DE DATOS
Fecha última actualización: 26 de Abril de 2004
Cuestiones relativas a la Protección de Datos Personales demenores de edad
En los primeros meses de este año 2004, ha vuelto a surgir un tema con frecuencia
olvidado por las legislaciones de protección de datos: los datos de los menores.
No resulta necesario comentar la importancia que hoy en día posee la información:
quien dispone de la mejor y más actualizada información se encuentra en ventaja.
Tampoco lo es en estas instancias, hablar de que una gran parte de la más preciada
información la constituyen los datos relativos a personas físicas.
Entidades de todo tipo, comenzando con los estados cobijados con la excusa del
terrorismo, pretenden recopilar hasta los detalles más mínimos de cualquier ser humano.
No resulta sorprendente por tanto, que actualmente se sigan considerando en el mundo
(y con particular ahínco en "el país de las libertades"), proyectos como LifeLog (ideado
por DARPA (1)) con el propósito de recopilar con detalle todas las vivencias de un
individuo, desde llamadas telefónicas, programas de televisión y revistas que consume
y, por supuesto, los emails enviados y recibidos (la lista puede ser tan larga como la
imaginación lo permita) con el fin de trazar mapas relacionales. Iniciativas como ésta
reavivan intensas discusiones que llevan años desestimadas en Europa en pos de
determinados derechos fundamentales (a la libertad, a la intimidad e incluso a la vida),
mediante hechos que han marcado hitos en la protección de datos personales, como han
sido la cancelación del proyecto francés S.A.F.A.R.I. (2) o la ya familiar sentencia del
Tribunal Constitucional Alemán que anuló la ley del Censo de Población de 1.982.
En el ámbito privado, las empresas gastan ingentes cantidades en intentar conocer al
máximo a sus clientes, tanto actuales como potenciales. Una buena prueba de ello es la
concepción y permanente evolución de herramientas de integración de bases de datos
como el datamining (3), datawarehouse (4), DSS (5), a las que se suman las técnicas
avanzadas de cruce de datos como el data matching (6), front end verification (7) y el
computer profiling (8), todas ellas engendradas para dar soporte al almacenamiento
masivo de datos y a la toma de decisiones de estrategia de negocio de empresas de
distinta índole. Como es dable imaginar, la utilización de estas técnicas puede limitar
drásticamente el grado de control de los afectados sobre las informaciones que les
conciernen, ya que en muchos casos, la interacción de estas herramientas elabora
aproximaciones basados en datos personales mínimos cruzados con estadísticas, que su
propio titular ignora.
Presentados los riesgos, puede ahora abordarse la problemática central: la interacción de
estos factores cuando los datos tratados provienen de menores de edad.
Como se puede observar, si tal es el valor de disponer de datos personales, en el caso de
los menores, las posibilidades se disparan. Los motivos son varios:
• Fácil obtención: mientras un adulto, aún sin conocimiento de sus derechos,
puede llegar a molestarse o preguntarse para qué se utilizarán tantos datos
privados, un menor suele aportarlos gustoso, lo que es aprovechado por los sites
para recabar los máximos posibles.
• Información adicional: es frecuente que se logre obtener a través de los menores,
información personal de otros miembros de su familia.
• Mayor vulnerabilidad ante publicidad engañosa.
• Perfiles detallados y vitalicios: se abre la posibilidad de recabar datos de una
persona desde los primeros años de su vida, que pueden ser explotados (e incluso ampliados) durante toda su existencia.
• Legislación incompleta: como es el caso de la LOPD, en donde no se hace
ninguna alusión particular a la protección de datos de menores.
Respecto de este último punto, cabe aclarar que la Agencia Española de Protección de
Datos ha debido pronunciarse en diferentes casos en relación con datos de menores.
Recurriendo al Código Civil, dentro del capítulo de "Representación legal de los hijos"
distingue dos supuestos:
• Los mayores de 14 años: a los que en virtud del artículo 162 del referido
precepto, cabe considerar que disponen de madurez suficiente para consentir,
por sí mismo, al tratamiento automatizado de sus datos de carácter personal toda
vez que nuestro ordenamiento jurídico viene, en diversos casos, a reconocer a
los mayores de catorce años la suficiente capacidad de discernimiento y madurez
para adoptar por sí solos determinados actos de la vida civil.
• Los menores de 14 años: respecto de los cuales se infiere que no pueden prestar
consentimiento al tratamiento, por lo que la referencia deberá buscarse en el
artículo 162 1º del Código Civil, tomando en cuenta, fundamentalmente, sus
condiciones de madurez.
A su vez, en EEUU existen diversas iniciativas entre las que pueden encontrarse
instituciones creadas con el único fin de preservar la intimidad del menor. Tal es el caso
del Centre for Media Education, entidad impulsora de la Children's Online Privacy
Protection Act (más conocida como COPPA), elaborada en 1998, en vigor desde abril
de 2000 que establece una serie de normas a fin de preservar la privacidad de los niños
en Internet, entre las que pueden destacarse los siguientes deberes a cumplir por parte de
los sites:
• Anunciar en forma clara la política de privacidad con enlaces a la información
proveída en la página principal del sitio y en cada área en donde el sitio recopile
información personal infantil.
• Prohibición de recoger a través de la Red información relativa a menores de 13
años sin el permiso de sus padres o representantes legales.
• Facilitar a los padres o representantes legales el derecho a conocer la
información solicitada a sus hijos así como los usos previstos.
• Prohibición de recogida de datos de menores por encima de un criterio razonable
y suficiente para el acceso a los sitios web y su participación en las actividades
del mismo.
• Posibilidad de verificar por parte de los padres o representantes de los menores,
mediante autorización firmada remitida por correo postal o fax, comunicación
telefónica o correo electrónico firmado digitalmente.
• Indicar quién realiza la recogida de los datos identificando debidamente a la
entidad.
• Aclarar el modo de recopilación de la información (especialmente si se utilizan
técnicas como cookies o web bugs).
Gracias a esta norma, ya han sido sancionados varios sitios (9) con cuantiosas multas.
Sin embargo, esta normativa resulta insuficiente para algunos legisladores del Senado
de Estados Unidos, por lo que en marzo de 2004 han presentado un proyecto de ley en
el que se intenta prohibir a las empresas, la venta de información personal de niños
menores de 16 años sin el consentimiento de sus padres.
Con el nombre de Children's Listbroker Privacy Act (Ley de Privacidad de los Niños en
relación con la Venta de Datos), el nuevo texto intenta limitar la venta de información
identificable con el propósito de realizar campañas de marketing dirigidas a los niños,
como parte de un paquete de leyes más amplio orientado a ayudar a los padres en la
lucha contra los ataques comerciales que sufren sus hijos.
De este modo, se llenaría el vacío legal existente para los mayores de 13 y menores de
16 años, al tiempo que se reforzaría la normativa vigente.
Con estas perspectivas, resta ahora esperar una reacción por parte de los órganos
legislativos, tanto a nivel europeo, como de cada Estado miembro a fin de establecer el
marco jurídico de un tema ignorado durante mucho tiempo y que hasta el momento
sigue siendo una asignatura pendiente.
Recursos consultados
1. Noah Shachtman / Pentagon Kills LifeLog Project / Wired Magazine
2. Antonio Pérez Luño / Manual de Informática y Derecho / Barcelona: Ariel,
1996.
3. Emilio Suñe Llinás / Tratado de Derecho Informático / Madrid: Facultad de
Derecho UCM, 2002.
4. Steven Pearce / Trade-offs Between Administrative Efficiency and Abuse /
Sociotechnical Aspects of Computing Science / School of Computing Science
(http://www.cs.sfu.ca)
5. Federal Trade Comission (www.ftc.gov)
Rodrigo Derlis Bonadeo Fioroni, Abogado
1. Agencia de Estudio de Proyectos Avanzados de Defensa (DARPA), cuyo
nombre nos resulta familiar ya que ha quedado inmortalizada en la
historia de Internet por haber participado en su establecimiento como
Red de Redes y que actualmente se encuentra desarrollando la próxima
generación de medidas antiterroristas. Entre sus intentos frustrados se
encuentra el antecesor de Lifelog, T.I.A. (Terrorism Information
Awareness).
2. 2. Siglas de Systhème Automatisé de Fichiers Administratifs pour le
Répertoire des Indivius, proyecto del Instituto Nacional de Estadística
que pretendía atribuir a cada ciudadano un número de identificación único a fin de llevar a cabo por su intermedio todas las relaciones con las
diversas entidades estatales. El proyecto fue suspendido marcando un
importante precedente como ejemplo de resistencia ciudadana a la
interrelación de ficheros informáticos de datos personales.
3. 3. O "minería de datos", técnica basada en el uso de algoritmos
estadísticos de análisis para descubrir relaciones sutiles u ocultas entre
elementos que constituyen la información de las bases de datos así como
la generación de modelos predictivos que se deriven de ellos.
4. 4. Aglutinar una serie de bases de datos de gran volumen, optimizada
para su explotación. Este almacenamiento de datos organizado permite
combinar todas las fuentes de información relevantes para una
organización con el fin de apoyar el proceso estratégico de la
información.
5. 5. Decision Support Solutions, aplicaciones para el análisis de un gran
volumen de datos y la realización de gran variedad de cálculos y
proyecciones con los que se facilita el almacenamiento integrado de los
datos mejorando el acceso para la toma de decisiones.
6. 6. Técnica que efectúa comparaciones entre una serie de ficheros para
buscar a los individuos que estén contenidos en mas de una base.
7. 7. Utilizada para certificar la exactitud de la información personal
confrontándola con informaciones similares almacenadas en bases de
datos informáticas generalmente de terceros.
8. 8. Utilizada para realizar combinaciones de datos elementales que
independientemente considerados no significan nada pero que juntos
componen el perfil de una persona.
9. 9. Como GirlsLife.com, BigMailbox.com e InsideTheWeb.com.
http://delitosinformaticos.com/protecciondatos/lopd-menores.shtml
Cuestiones relativas a la Protección de Datos Personales de menores de edad.pdf
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ELPAIS.com - Gente y TV
Legislación
El Reino Unido protegerá a los niños de la Red
El país debate penas de cárcel por no advertir de los contenidos inadecuados
PATRICIA TUBELLA - Londres - 28/03/2008
El Gobierno británico quiere endurecer los controles sobre Internet y productos digitales como los videojuegos para proteger a los menores de contenidos considerados inadecuados por su extrema violencia o explicitud sexual. El proyecto se apoya en un estudio encargado a la psicóloga infantil Tany Byron -conocida para el gran público como la superniñera de un programa televisivo- que confirma la indefensión de los padres a la hora de detectar y neutralizar el material nocivo que circula por la Red.
Entre las acciones que recomienda el estudio destaca la imposición de etiquetas de alerta en las carátulas de los juegos de computador o de consola -similares a las que insertan las autoridades sanitarias en las cajetillas de tabaco- y el requerimiento de una edad mínima para poder adquirirlos. El documento, que ayer divulgaban dos diarios británicos, considera insuficiente la actual clasificación que divide los productos entre aquellos aptos para todos los públicos y los que sólo son apropiados para mayores de 18 años. Sobre los vendedores que se salten esa normativa recaería la amenaza de hasta cinco años de prisión.
Junto a ese tipo de regulaciones, la estrategia se centra en proveer de la información adecuada a los cabeza de familia, caracterizados por Byron de "inmigrantes de Internet" por su desconocimiento del medio, para que establezcan filtros sobre las páginas de la Red que no crean aptas para sus retoños. La tecnología existe, pero, además de estar poco desarrollada, los adultos no la dominan.
El informe de Byron también concluye que mientras que los padres están más preocupados por los pederastas que hacen uso de Internet para entrar en contacto con menores (lo que se conoce como grooming), sus hijos lo están por llegar a ser víctimas del cyberbulling o de acoso internáutico por parte de otros menores.
El veredicto de Byron no es vinculante y precisará de un largo proceso legislativo si el primer ministro, Gordon Brown, decide implementarlo. Pero expresa las crecientes inquietudes de asociaciones de padres que, por ejemplo, han asistido con horror al fenómeno de Miss Bimbo, un sitio web destinado a niñas de entre 9 y 16 años y que introduce a las cibernautas en el peligroso mundo de las dietas y la cirugía estética.
El estudio no sólo recomienda la imposición de códigos deontológicos en este tipo de redes sociales, sino que conmina a modificar el código penal para afrontar casos tan extremos como los sitios de Internet que alientan el suicidio. La reciente cadena de muertes de 17 adolescentes en el pueblo galés de Bridgend, atribuida a esa perniciosa influencia, encarna esa "nueva gama de riesgos y peligros" que ha arrastrado consigo la era cibernética.
Lo que debe contar a su hijo
Estas medidas pueden evitar que un menor sufra grooming o abuso a través de Internet:
- Dígale que tenga cuidado con los correos de desconocidos. Explíquele que no debe comunicarse con gente que no conozca.
- Cuéntele que no abra archivos cuyo contenido desconozca. Existen programas que llegan a nuestros correos que son capaces de descifrar nuestras claves de acceso al correo electrónico, lo que se usa para coaccionar a los menores.
- No instale 'web cam' en el ordenador familiar. Si lo hace, procure restringir su uso mediante una clave de seguridad.
- Adviértale de que nunca envíe fotos propias a desconocidos. Ni tampoco vídeos suyos o de sus amigos.
- Enséñele a proteger su privacidad. Insístale en que no revele datos personales a gente que haya conocido por chats, Messenger, MySpace...
El Reino Unido protegerá a los niños de la Red.pdf
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Tríptico de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.pdf
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